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Código ético y cumplimiento

1.  Objeto

Joyería Vendôme es consciente de la necesidad de atender a nuestras responsabilidades sociales con nuestros colaboradores, clientes y proveedores. Tenemos la firme intención de trabajar por la excelencia de nuestra organización y sus relaciones con todos los operadores en general.

La voluntad en el servicio, la actuación proactiva, eficiente y eficaz, enfocada a la excelencia, es la base para la responsabilidad profesional de todos, fundamentada en la integridad y la responsabilidad individual y corporativa.

Para ello nos hemos dotado de un código ético que pretende ser guía de comportamiento para todos aquellos que se encuentren dentro del ámbito de actuación de nuestra organización, con la finalidad de reflejar nuestra alineación con la cultura del cumplimiento.

Trabajamos desde todos los extremos de la organización para la detección, supresión y prevención de situaciones contrarias a las normas, inclusive las penales, presidiendo, por ello, nuestras acciones, un comportamiento ético y honrado por encima de cualquier otro valor.

2.  Ámbito de aplicación

Nuestro código ético preside las actuaciones y relaciones de administradores/as, proveedores/as, empleados/as, en general para todo el personal relacionado por un motivo u otro con Joyería Vendôme.

Además, nos comprometemos a trasladar las pautas de conducta ética que rigen nuestra organización a todos aquellos que interrelacionan con nosotros de una forma u otra.

 

 

3.  Principios y Valores

Siempre y en todo momento nuestros comportamientos deben ser íntegros, responsables y adecuados a los derechos básicos y al cumplimiento normativo estricto, tanto si formamos parte de Joyería Vendôme, como todos aquellos que actuemos en su ámbito, en especial proveedores y colaboradores externos.

       Respeto a los Derechos Humanos:

Joyería Vendôme creemos firmemente y nos comprometemos con el íntegro respeto a los Derechos Humanos y libertades públicas, así como las prácticas éticas básicas, recogidos en La Declaración Universal de Derechos Humanos, adoptada y proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948, Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales (Consejo de Europa, Roma el 4 de noviembre de 1950) y la Declaración Tripartita de la Organización Internacional de Trabajo (OIT).

Nos comprometemos a no colaborar con terceros en la violación de ninguna norma de Derechos Humanos, ni a participar en ninguna actuación que comprometa el respeto al principio de legalidad

      Respeto a las normas esenciales:

En nuestras actuaciones nos comprometemos a cumplir siempre con la legalidad vigente y adoptamos políticas internas para evitar cualquier incumplimiento. Además, ponemos especial atención al cumplimiento estricto de:

     ·    Las disposiciones generales (leyes, reglamentos, circulares de organismos reguladores y supervisores) que regulan la actividad de la organización en cualquier país.

     ·    Los reglamentos, normas, protocolos y procedimientos internos que tenga implantados en la organización; y en especial el presente código ético.

     ·    Los principios y reglas deontológicas que les resulte de aplicación, así como los usos y buenas prácticas de los países en los que ejerzan su actividad.

     ·    Las obligaciones y compromisos asumidos por la organización en sus relaciones contractuales con terceros.

     ·    Las normas contenidas en el código penal español y en particular aquellas que afectan de conformidad con su artículo 31 bis a la persona jurídica.

 

5.  Marco básico de conducta

      Respeto a los Derechos Básicos de las Personas

Trabajamos para ofrecer un entorno de respeto profesional, colaboración mutua y fomento de la equidad que rija nuestras relaciones, y por ello trabajamos en aras a fomentar la no discriminación y la no violencia entre todos aquellos que estamos en el ámbito de la organización e incluso con terceros.

Nos preocupamos por implementar políticas de seguridad y salud en el trabajo, básicas para el desarrollo profesional de todos los miembros de Joyería Vendôme.

Seguimos protocolos adecuados para proteger los datos de carácter personal y la intimidad de las personas y trabajamos diariamente para mejorar nuestro sistema.

      Respeto al Patrimonio, a la propiedad, al mercado y a la libre competencia:

 

      General, patrimonio, fraude, propiedad y ejecuciones.

Nos comprometemos a proteger y respetar la propiedad intelectual e industrial, y a aplicar políticas encaminadas a fomentar la libre competencia y de mercado; a velar por los derechos de los consumidores, a proteger la propiedad privada así como a facilitar el cumplimiento de las resoluciones administrativas y judiciales.

       El mercado, la publicidad, los consumidores y la libre competencia.

Consideramos a nuestros proveedores y colaboradores una parte indispensable para la consecución de nuestros objetivos de crecimiento y de mejora de la calidad de servicio, y excelencia en nuestras actividades. Nuestro objetivo es establecer relaciones basadas en la confianza y el mutuo beneficio y para ello promovemos el cumplimiento de las condiciones contractuales y obligaciones entre las partes. Velando también por la independencia en la contratación, así como la veracidad en la publicidad de productos y servicios, Para fomentar la ética en nuestras relaciones pedimos a nuestros proveedores que suscriban el presente Código

     Intereses generales, fiscalidad, seguridad social, blanqueo de capitales y medios de pago.

Joyería Vendôme nos comprometemos con la sociedad a través, entre otros, de su desarrollo sostenible, contribuyendo al mantenimiento del estado social, por lo que velamos por el pago de nuestras obligaciones tributarias y de seguridad social, facilitando a la administración pública información real, tanto financiera, como fiscal, así como aquella relacionada con el ámbito de la seguridad social. Asimismo, destinamos los recursos así como las subvenciones al fin al que fueron asignados.

En lucha contra el blanqueo de capitales hemos implementado estrictos protocolos consistentes en limitar los pagos y cobros en efectivo, la identificación de quien contrate con Joyería Vendôme, la acreditación de la titularidad de las cuentas bancarias, el aseguramiento de la identidad de comprador-vendedor o cliente-proveedor como emisor o receptor de la factura, así como la pertinente comunicación al Sepblack de aquellas operaciones sospechosas.

      Seguridad Pública

Nuestro compromiso con el medio ambiente es la máxima expresión del respecto al futuro de nuestras generaciones venideras, por ello implementamos las políticas y sistemas de gestión medioambiental adecuadas a nuestra actividad

Nos preocupamos por evitar toda actividad que comprometa la salud de las personas en su sentido más amplio. Velamos por la no realización de tareas bajo la influencia del alcohol u otras sustancias legales o ilegales que pudieran afectar al nivel de seguridad para la actividad desarrollada

 

6.  Marco interno de conducta

El trato con el cliente o proveedor siempre deberá ser exquisito, pero no ostentoso o aparatoso, ni se obrará de forma prepotente, ni en modo alguno discriminatorio.

La normativa interna de Joyería Vendôme garantiza en relación a la contratación y la selección de proveedores, la transparencia, la igualdad de trato y la máxima objetividad, así como el cumplimiento normativo y suscripción del presente código ético.

El extremo rigor en el tratamiento de los datos de carácter personal relacionados con los clientes, es uno de los máximos compromisos de Joyería Vendôme, que sólo se justificará por relaciones legales

 

7.  Aceptación, responsabilidades e incumplimientos del código ético

Todos los afectados por el presente código debemos cumplir y difundir las normas y principios del mismo; cumplir el marco normativo de las leyes, reglamentos, ordenanzas y normas en general que afecten a su concreta actividad; asesorarnos debidamente y pedir consejo respecto al cumplimiento normativo y el presente código; participar en las actividades de formación; informar por los canales al efecto de cualquier posible incumplimiento normativo o de las conductas recogidas en este Código; participar en los controles que se realicen para identificar y corregir deficiencias o fallos en la detección de riesgos normativos o malas praxis de todo tipo.

Las infracciones, incumplimientos, violaciones del código ético por parte de cualquiera de los afectados podrá derivar en la imposición de sanciones con adopción, si así fuera procedente, de las acciones legales correspondientes, todo ello sin perjuicio de las responsabilidades penales que resulten legalmente exigibles.

8.  Buzón de comunicaciones éticas de Joyería Vendôme

A través del siguiente enlace podrá acceder al buzón de comunicaciones éticas de Joyería Vendôme conforme a la Ley 10/2010 de prevención del blanqueo de capitales, la Directiva UE 2019/1937 de protección a las personas informantes de infracciones. ACCESO AL BUZÓN ÉTICO>